Falta de motivación en las modificaciones unilaterales del precio base de los planes de salud de las Instituciones de Salud Previsional

Autores

  • Alejandro Gómez Sotomayor Magíster en Derecho mención Derecho Regulatorio, Pontificia Universidad Católica de Chile. Universidad San Sebastián

Palavras-chave:

ISAPRES, Superintendencia de Salud, planes de salud, Índice de Variación Porcentual, motivación

Resumo

En este trabajo se pone de manifiesto el incremento significativo que han tenido los ingresos a las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema respecto de recursos de protección y sus apelaciones en contra de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES). Se analiza de una manera crítica la Ley Nº 21.350, publicada en junio de 2021, que estableció un procedimiento para regular los aumentos de precio base de los planes de salud, que modificó el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud y, también, se analiza la sentencia de la Corte Suprema que obligó a las ISAPRES en conjunto con la Superintendencia de Salud disponer de un procedimiento para determinar el alza del precio base de los planes de salud de los cotizantes que cumplan con los estándares legales exigidos de una manera fundada o motivada, con antecedentes que deben ser verificados por el ente regulador. Es requisito que las decisiones de los organismos públicos y de los organismos privados que ejerzan funciones públicas, como en este caso, vengan debidamente motivadas, de manera que no sean arbitrarias o caprichosas, alterando la conmutatividad de los contratos de salud, lo que debe ser excepcional.

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Publicado

2022-12-07

Como Citar

Gómez Sotomayor, A. (2022). Falta de motivación en las modificaciones unilaterales del precio base de los planes de salud de las Instituciones de Salud Previsional. Revista De Derecho Y Ciencias Sociales, (27), 233–245. Recuperado de https://rduss.cl/index.php/ojs/article/view/16